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Ley de Retracto

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¿Qué es Ley de Retracto?
Definición: Derecho que tiene el cliente a retractarse de la compra, cuando ésta (Proceso de compra y pago) se haya realizado por medios no tradicionales o a distancia (Call center o página web).

Procedimiento: El cliente podrá comunicar el retracto o el desistimiento a través de la agencia de viajes o la aerolínea, el derecho lo puede ejercer el tarjetahabiente o el titular del tiquete aéreo. Para dar cumplimento al retrato se deberá cumplir con TODOS los siguientes requisitos:
  • Solicitar el retracto dentro las 24 horas siguientes a la compra (horario laboral).
  • Para vuelos nacionales, entre el momento de la solicitud de retracto y la fecha de inicio de viajes, deben haber como mínimo 8 días calendario, contados a partir del siguiente día de la solicitud.
  • Para vuelo internacionales, entre el momento de la solicitud de retracto y la fecha de inicio de viaje, deben haber como mínimo 15 días calendario, contados a partir del siguiente día de la solicitud.
  • El pago del tiquete se debe haber realizado con tarjeta crédito o débito a través de medios no tradicionales.
  • Las tarifas son reembolsables de acuerdo a las condiciones de la tarifa adquirida durante el proceso de compra no tradicional.
Retención a favor de la aerolínea: Al cliente se le retendrá a favor de la aerolínea el menor valor entre:

  • 10% del valor recibido por concepto de tarifa (Tarifa + Q Combustible).
  • COP $63.000 para vuelos nacionales o USD $50 para vuelos internacionales (aplicando la tasa de cambio oficial del banco de la república para el día en que el pasajero aplique el retracto). En caso de tratarse de tarifas promocionales, se aplican las condiciones establecidas por la tarifa.
  • No se podrá reembolsar al cliente el dinero pagado por concepto de impuestos, tarifas administrativas, tasas o contribuciones, que por regulación sean no reembolsables, por el contrario la tasa aeroportuaria será devuelta al pasajero.
Plazo: La aerolínea o agente viajes que vendió el tiquete, deberá reembolsar el dinero al pasajero en un plazo a 30 calendario a partir de recibir el comunicado de retracto y/o.
  • Pago en tarjeta de crédito: La aerolínea dará la orden al banco de devolución del dinero al tarjetahabiente.
  • Pago tarjeta debito: Se cargará el monto a reembolsar mediante nota de abono al BSP, para su respectiva entrega del dinero al cliente dentro de los tiempos estipulados.
EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 1782 y 1856 del Código de Comercio, el 5 numeral del artículo 10 y los numerales 4 y 14 del artículo 9 del Decreto 260 de 2004.

CONSIDERANDO: Que los artículos 78 y 334 de la Constitución Política de Colombia, establecen la obligación del Estado de intervenir en la regulación, control y vigilancia de la calidad de bienes y servicios ofrecidos y prestados a la comunidad, en este caso específico a los usuarios del transporte aéreo en Colombia.

Que de conformidad con el artículo 68 de la Ley 336 de 1996, el transporte aéreo es un servicio público esencial, condición que implica que el Estado debe garantizar su continua, eficiente y adecuada prestación en condiciones seguras, objetivas y equitativas, como consecuencia del respeto, vigencia, ejercicio y efectividad de los derechos y libertades fundamentales. Que tal y como lo ha reconocido la Corte Constitucional en sentencia T - 987 de 2012, la intervención estatal en materia de transporte tiene por objeto "garantizar la seguridad, eficiencia y calidad del servicio prestado, a través de la fijación de condiciones técnicas que permitan cumplir con esas condiciones", y está dirigida también a "asegurar el acceso objetivo y equitativo de las personas a las prestaciones propias del servicio público correspondiente".

Que en referencia tanto a la función de garantizar eficiencia, seguridad y calidad como a la de asegurar el acceso de las personas a las prestaciones de dicho servicio, la Corte Constitucional en la misma sentencia ha indicado que "tanto una y otra función debe ser sometida al escrutinio estatal, a través de la inspección, vigilancia y control de la actividad por parte de un organismo jurídicamente investido de la competencia para ello. En el caso particular del transporte aéreo, esta función la ejerce la Aerocivil, a partir de las regulaciones previstas en los RAC".

Que en la misma sentencia se ha definido los Reglamentos Aeronáuticos como aquellos que "configuran la regulación particular y concreta del transporte aéreo en Colombia, son actos administrativos que determinan las obligaciones específicas de cada uno de los sujetos involucrados en la prestación y uso de ese servicio público."

Que en forma expresa el artículo 1782 del Código de Comercio atribuye a la Unidad Administrativa Especial de la Aeronáutica Civil, en su calidad de Autoridad Aeronáutica, la función de expedir los Reglamentos Aeronáuticos. Que el crecimiento exponencial de la aviación comercial colombiana durante los últimos años y, el consecuente aumento en el número de pasajeros transportados ha implicado un desarrollo inusitado de las actividades de promoción y la acentuación de la competencia entre las aerolíneas, al mismo tiempo que una mayor necesidad de protección para los pasajeros y usuarios.

Que la dinámica de precios, la simplificación de los procesos para comprometer sillas en los diferentes vuelos, la insuficiente información sobre las transacciones, así como la consecuente problemática derivada del pago como condición de reserva, hace que los pasajeros en ocasiones puedan incurrir en errores en los procesos de reserva o compra de tiquetes o requerir cambios en la reserva, así como consideraciones especiales en relación con la forma en que se contratan ciertos servicios a través de diferentes canales de comercialización.

Que el artículo 1878 del Código de Comercio prevé el desistimiento como derecho del pasajero respecto de la compra de tiquetes aéreos en los siguientes términos: "En los casos de desistimiento del viaje por parte del pasajero, las empresas de transporte público podrán fijar porcentajes de reducción en la devolución del valor del pasaje, conforme a los reglamentos de la empresa, aprobados por la autoridad aeronáutica."

Que igualmente la legislación colombiana, siguiendo la tendencia internacional ha previsto esquemas de protección al consumidor que lo facultan para retractarse de los contratos de provisión de bienes o servicios perfeccionados a través de mecanismos no tradicionales y no presenciales como los call centers y las plataformas de internet. Para estos efectos, se ha previsto en el artículo 47 de la Ley 1480 de 2011, un plazo calculado a partir de la compra, dentro del cual se permite al consumidor reevaluar su decisión y reversarla sin necesidad de oponer ninguna motivación particular.

Que, conforme lo dispone el artículo 5 del Decreto 260 de 2004 "por el cual se modifica la estructura de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil - Aerocivil y se dictan otras disposiciones", dentro de las funciones de la Entidad está la de "7. Promover e implementar estrategias de mercadeo y comercialización que propendan por el desarrollo, crecimiento y fortalecimiento de los servicios del sector aéreo y aeroportuario"; así como la de "8.

Desarrollar, interpretar y aplicar en todos sus aspectos las normas sobre aviación civil y transporte aéreo y ejercer vigilancia sobre su cumplimiento." Que en ejercicio de las referidas facultades, y bajo el reconocimiento de la necesidad de garantizar la vigencia de los derechos de los usuarios del servicio de transporte aéreo, la Aeronáutica Civil considera necesario que se brinde oportunidad razonable al pasajero, aun con posterioridad a la decisión de compra, para que en los casos en que la transacción la realiza a través de métodos o canales no tradicionales o a distancia proceda a retractarse de la misma, sin perjuicio de la posibilidad general que tienen de desistir del viaje, independientemente de la forma en que adquiera el servicio.

En ambos eventos, sin que esto le genere penalidades desproporcionadas.Que en aras de garantizar el derecho de acceso a la información de los usuarios del servicio de transporte y la transparencia en las transacciones, la Aeronáutica Civil considera necesario que las empresas o aerolíneas les suministren al pasajero información completa, veraz, transparente, oportuna, verificable, comprensible, precisa e idónea respecto de los términos, condiciones y derechos que les asisten en la reserva y compra de tiquetes a través de ventas a distancia o métodos o canales no tradicionales. De la misma manera se ha considerado justificado imponer a las empresas o aerolíneas que faciliten sus plataformas web para operaciones de venta de tiquetes la necesidad de garantizar un mecanismo de doble click o autorización reduntante por parte del pasajero que termina un proceso de compra.

Que para la Autoridad Aeronáutica resulta necesario prever dentro de las condiciones para el desistimiento reglas concretas que al tiempo que garantizan el ejercicio de los derechos del pasajero, atienden a las particularidades de servicio de transporte aéreo, atendiendo a la posibilidad que tiene la Autoridad Aeronáutica de fijar reglas especiales. De la misma manera, se considera fundamental brindar claridad tanto a los agentes económicos que intervienen en la cadena del servicio de transporte aéreo (agencias y aerolíneas), como a los usuarios respecto de las condiciones particulares en que pueden retractarse de las compras de tiquetes promocionales a través de métodos no tradicionales o a distancia. En mérito de lo expuesto.

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. Modificar el numeral
3.10.1.1. del RAC 3 (Reglamentos Aeronáuticos de Colombia), el cual quedará como sigue:

3.10.1.1. Información.
La reserva podrá ser solicitada por el pasajero o por un tercero que actúe en su nombre. Las referencias que en esta Parte se hacen a obligaciones y derechos del pasajero, se entienden cumplidas directamente por él o a su favor cuando actúe a través de un tercero. Durante la solicitud de la reserva, el pasajero tiene derecho a que el transportador o la agencia de viajes le informe sobre:
a. Los vuelos disponibles, precisando claramente si se trata de vuelos directos y sin escala (non stop), de vuelos con escala o con conexión, debiendo quedar señalado el lugar y hora previstas para las mismas, según el itinerario programado y si se trata de un vuelo en código compartido entre aerolíneas.
b. Los tipos de tarifas disponibles en la aerolínea en que solicita el servicio. En caso de tratarse de una agencia de viajes, los tipos de tarifas de las distintas compañías aéreas para el vuelo solicitado y su vigencia, todo con indicación clara de las restricciones aplicables en caso de existir y de las condiciones de reembolso.
c. El valor del tiquete conforme a la tarifa aplicada, discriminando cualquier suma adicional (IVA, tasa aeroportuaria, impuesto de salida o cualquier otro sobrecosto autorizado) que deba ser pagado por el pasajero.
d. Los aeropuertos y terminales aéreos de origen y destino del vuelo ofrecido.
e. El tipo o capacidad de la aeronave prevista para el vuelo.
f. Las condiciones del transporte respecto a reservas y cancelaciones, adquisición de tiquetes, tarifas y sus condiciones, limitaciones de equipaje, elementos que no se pueden transportar y en general los derechos, deberes, restricciones y requisitos que debe cumplir el pasajero para que le presten un adecuado servicio de transporte aéreo.
g. Las normas legales o reglamentarias, internas o internacionales, según el caso, aplicables al contrato de transporte aéreo, las cuales deben estar mencionadas también en el texto de dicho contrato.
h. Cuando no se le informe directamente al pasajero sobre las condiciones generales del contrato de transporte aéreo, el transportador o la agencia de viajes deberá tener disponibles los medios necesarios para que el pasajero consulte dicha información o indicarle el lugar o medio en donde pueda encontrarla. La anterior información deberá estar contenida entre otras, en el contrato de transporte que se incorpore en el tiquete y en el Manual de Pasajes de la aerolínea, o mediante un vínculo o link que permita descargarla cuando se trate de pasajes electrónicos.

3.10.1.1.1. Deber especial de información ventas por internet o a distancia.
Las aerolíneas habilitadas para prestar el servicio público de transporte aéreo, deberán incluir en sus plataformas destinadas a la venta de tiquetes por internet o a distancia, información suficiente y clara, sobre las condiciones en que los pasajeros pueden presentar desistimiento o retracto a la compra efectuada en los términos previstos en el numeral 3.10.1.8. del RAC. En particular, se deberá hacer especial énfasis en las condiciones para el ejercicio de los referidos derechos."

ARTÍCULO SEGUNDO.
Modificar el numeral 3.10.1.8. del RAC 3 (Reglamentos Aeronáuticos de Colombia), el cual quedará como sigue:

3.10.1.8. Facultades del pasajero para ejercer el desistimiento o retracto.

3.10.1.8.1. Desistimiento. En aplicación del artículo 1878 del Código de Comercio, el pasajero podrá desistir del viaje antes de su iniciación, dando aviso al transportador o a la agencia de viajes con al menos veinticuatro (24) horas de antelación a la realización del vuelo.

En estos casos, el transportador o agencia de viajes, podrá retener una suma de dinero, de acuerdo con lo regulado en el presente numeral. El transportador o agencia de viajes, de acuerdo con las condiciones de la tarifa, podrá retener el porcentaje pactado, el cual no podrá ser superior al 10% del valor recibido por concepto de tarifa, excluyendo tasas, impuestos y tarifa administrativa. Lo dispuesto en el presente numeral no aplicará cuando se trate de tarifas promocionales, salvo que sea ofrecido por el transportador, en cuyo evento se aplicará de conformidad con las condiciones ofrecidas. Las tarifas promocionales no podrán ser publicadas u ofrecidas hasta tanto sus condiciones no sean registradas ante la Oficina de Transporte Aéreo de la UAEAC.

En caso de desistimiento, la aerolínea o agencia que haya efectuado la venta del tiquete, dará orden a la entidad financiera de la devolución correspondiente en un término no mayor a cinco (5) días hábiles siguientes a la solicitud del pasajero. La aerolínea y/o agente de viajes, deberá reembolsar el dinero al pasajero en un plazo máximo de treinta (30) días calendario a partir de la comunicación del desistimiento. Si el pasajero desiste del viaje dando aviso a la agencia de viajes que realizó la venta del tiquete como intermediario, esta procederá al reembolso del dinero al pasajero una vez la aerolínea ponga a su disposición el monto correspondiente, sin perjuicio del plazo de treinta(30) días previsto en el inciso anterior para que el reembolso del dinero al pasajero se haga efectivo.

3.10.1.8.2. Retracto en caso de ventas efectuadas a través de métodos no tradicionales o a distancia a que se refiere el Decreto 1499 de 2014. En los contratos para la prestación del servicio de transporte aéreo de pasajeros que se perfeccionen a través de los mecanismos de venta a que se refiere Decreto 1499 de 2014, se entenderá pactado el derecho de retracto en favor del adquirente del tiquete. El ejercicio del derecho estará sujeto a las siguientes reglas: El retracto deberá ser ejercido, a través de cualquier canal de atención del vendedor, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas corrientes siguientes a la operación de compra. El retracto solo podrá ser ejercido con una anterioridad igual o mayor a ocho (8) días calendario entre el momento de su ejercicio oportuno y la fecha prevista para el inicio de la prestación del servicio para operaciones nacionales. En caso de operaciones internacionales, el término será igual o mayor a quince (15) días calendario.

La retención que se hace al pasajero se efectuará a favor del transportador. Será equivalente a sesenta mil pesos ($60.000.oo) para tiquetes nacionales o a cincuenta dólares estadounidenses (US$50) para tiquetes internacionales, aplicando la tasa de cambio oficial aprobada por el Banco de la República para el día en que el pasajero comunique al transportador o agente de viajes su decisión de retractarse. En todo caso, el valor retenido no podrá ser superior al diez por ciento (10%) del valor recibido por concepto de tarifa, excluyendo tasas, impuestos y tarifa administrativa.

Las sumas establecidas en el presente numeral, serán reajustadas el primero de febrero de cada año de acuerdo con el aumento en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del año inmediatamente anterior. La aerolínea o agente de viajes que vendió el tiquete, deberá reembolsar el dinero al pasajero en un plazo máximo de treinta (30) días calendario a partir de la comunicación del retracto.

Si el pasajero ejerce su derecho de retracto ante la agencia de viajes que realizó la venta del tiquete como intermediario, esta procederá al reembolso del dinero a que haya lugar, una vez la aerolínea ponga a su disposición el monto correspondiente, sin perjuicio del plazo de treinta (30) días previsto en el inciso anterior para que el reembolso del dinero al pasajero se haga efectivo.
Parágrafo primero. El pasajero tendrá derecho a la devolución de la tasa aeroportuaria.
Parágrafo segundo. El vendedor deberá informar al consumidor en forma previa a la adquisición del servicio, el derecho de retracto y las condiciones para ejercerlo, al tenor de lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 1480 de 2011 y el 3.10.1.1.1. del presente reglamento,."

ARTÍCULO TERCERO.
Modificar el numeral 3.10.1.11 del RAC 3 (Reglamentos Aeronáuticos de Colombia), el cual quedará como sigue:

3.10.1.11. Cumplimiento de promociones.
El transportador debe garantizar el cumplimiento de los planes de viajero frecuente y demás promociones ofrecidas al pasajero, que sean legalmente permitidas.

A los efectos de esta norma, se consideran programas de viajero frecuente, los ofrecidos por las aerolíneas como estrategia de mercadeo para estimular la fidelidad de sus clientes, permitiéndoles acumular millas a medida que viajen en los vuelos de dicha aerolínea o mediante el uso de otros servicios previamente definidos, las cuales podrían ser utilizadas en la adquisición de tiquetes para viajes posteriores en las rutas que ellas ofrecen. Las promociones ofrecidas deben ser absolutamente claras y sus tarifas aéreas debidamente registradas, debiendo cumplirse a cabalidad con lo anunciado.

Las tarifas promocionales no podrán ser publicadas u ofrecidas, hasta tanto sus condiciones no sean registradas ante la Oficina de Transporte Aéreo de la UAEAC. El incumplimiento de lo acá previsto, con independencia de las eventuales sanciones que pueda generar, implicará que para la referida tarifa no se habilitará retención alguna de valor del tiquete en caso de desistimiento o retracto del pasajero.

El ofrecimiento de las tarifas promocionales a través de métodos o canales no tradicionales o a distancia, deberá ser expreso y estar acompañado de las condiciones en las que procede el desistimiento o retracto del viaje, en particular, el plazo para comunicarlo a la empresa o aerolínea y la correspondiente deducción de los costos involucrados.

En estos casos, la confirmación de la aceptación del pasajero de lo relacionado con valor, ruta y horarios deberá hacerse a través de una doble aceptación (doble click), cuando se trata de plataforma internet o de confirmación expresa previa lectura del resumen de las condiciones de la transacción cuando se trate de ventas realizadas a través de call center.

Previo a la segunda aceptación se debe garantizar que al adquirente del tiquete se ha informado acerca de el valor total de el (los) tiquete (s) elegido (s) incluido tasas e impuestos a que haya lugar, la ruta (lugar de origen y destino), clase, fechas y horas concretas del vuelo, valor total de las deducciones en caso de ejercer las facultades consagradas en el artículo 3.10.1.8, así como las eventuales condiciones para realizar cambio de tiquete. Parágrafo: Las aerolíneas y agencias, para la implementación del sistema de doble aceptación (doble click) tendrán un plazo máximo de tres (3) meses contados a partir de la vigencia de la presente resolución".

ARTICULO CUARTO. Los demás numerales del RAC 3 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, continuarán vigentes.

ARTÍCULO QUINTO. Las disposiciones adoptadas con la presente resolución, no generan ninguna diferencia con respecto a los estándares internacionales contenidos en los anexos de la OACI, en consecuencia no dan lugar a notificación alguna ante el Consejo de dicho Organismo.

ARTÍCULO SEXTO. Previa su publicación en el Diario Oficial, incorpórense las presentes disposiciones en la versión oficial de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia publicada en la Página web www.aerocivil.gov.co.

ARTÍCULO SÉPTIMO. La presente Resolución rige desde el momento de su publicación en el Diario Oficial.
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Política de Tratamientos de Datos

Escrito por

POLÍTICA DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES

 

Razón social:                                    OMAR DE JESUS SOTO RAMIREZ

Establecimiento Comercial:   VUELO SECRETO REPRESENTACIONES TURISTICAS        

Nit:                                          71627445 - 4                                                          

Dirección Comercial:             Carrera 49 No. 55 73

Teléfono:                                5110777

Correo electrónico:                Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Página web:                                      http://www.vuelo-secreto.com/                          

 

  

  1. NORMATIVIDAD LEGAL Y ÁMBITO DE APLICACIÓN: La presente política de Tratamiento de datos personales es elaborada de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política, la Ley 1581 de 2012, el Decreto Reglamentario 1377 de 2013 y demás disposiciones complementarias y será aplicada por VUELO SECRETO REPRESENTACIONES TURISTICAS para la recolección, almacenamiento, uso, circulación, supresión y todas aquellas actividades que constituyan tratamiento de datos personales.

La aplicación de esta política tiene como tratamiento todos los datos personales del titular de la información e inclusive en datos sensibles de su grupo familiar al momento de contrataciones laborales y requisitos en el giro ordinario del negocio.

  1. DEFINICIONES: Para efectos de la ejecución de la presente política y de conformidad con la normatividad legal, serán aplicables las siguientes definiciones:
  1. Autorización: Consentimiento previo, expreso e informado del Titular para llevar a cabo el Tratamiento de datos personales.
  2. Aviso de privacidad: Documento físico, electrónico o en cualquier otro formato generado por el Responsable que se pone a disposición del Titular para el tratamiento de sus datos personales. En el Aviso de Privacidad se comunica al Titular la información relativa a la existencia de las políticas de tratamiento de información que le serán aplicables, la forma de acceder a las mismas y la finalidad del tratamiento que se pretende dar a los datos personales.
  3. Base de Datos: Conjunto organizado de datos personales que sea objeto de Tratamiento.
  4. Dato personal: Cualquier información vinculada o que pueda asociarse a una o varias personas naturales determinadas o determinables.
  5. Dato público: Es el dato calificado como tal según los mandatos de la ley o de la Constitución Política y aquel que no sea semiprivado, privado o sensible. Son públicos, entre otros, los datos relativos al estado civil de las personas, a su profesión u oficio, a su calidad de comerciante o de servidor público y aquellos que puedan obtenerse sin reserva alguna. Por su naturaleza, los datos públicos pueden estar contenidos, entre otros, en registros públicos, documentos públicos, gacetas y boletines oficiales.
  6. Dato privado: Es el dato que por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular.
  7. Datos sensibles: Se entiende por datos sensibles aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación, tales como aquellos que revelen el origen racial o étnico, la orientación política, las convicciones religiosas o filosóficas, la pertenencia a sindicatos, organizaciones sociales, de derechos humanos o que promueva intereses de cualquier partido político o que garanticen los derechos y garantías de partidos políticos de oposición, así como los datos relativos a la salud, a la vida sexual y los datos biométricos.
  8. Encargado del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, realice el Tratamiento de datos personales por cuenta del Responsable del Tratamiento.
  9. Responsable del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, decida sobre la base de datos y/o el Tratamiento de los datos.
  10. Titular: Persona natural cuyos datos personales sean objeto de Tratamiento
  11. Tratamiento: Cualquier operación o conjunto de operaciones sobre datos personales, tales como la recolección, almacenamiento, uso, circulación o supresión de los mismos.
  1. PRINCIPIOS APLICABLES AL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES: El tratamiento de datos personales en VUELO SECRETO REPRESENTACIONES TURISTICAS se regirá por los siguientes principios:
  1. Principio de finalidad: El Tratamiento de los datos personales recogidos debe obedecer a una finalidad legítima, la cual debe ser informada al Titular.
  2. Principio de libertad: El Tratamiento sólo puede llevarse a cabo con el consentimiento, previo, expreso e informado del Titular. Los datos personales no podrán ser obtenidos o divulgados sin previa autorización, o en ausencia de mandato legal o judicial que releve el consentimiento.
  3. Principio de veracidad o calidad: La información sujeta a Tratamiento debe ser veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible. No será efectuado el Tratamiento de datos parciales, incompletos, fraccionados o que induzcan a error.
  4. Principio de transparencia: En el Tratamiento debe garantizarse el derecho del Titular a obtener de VUELO SECRETO REPRESENTACIONES TURISTICAS en cualquier momento y sin restricciones, información acerca de la existencia de datos que le conciernan
  5. Principio de acceso y circulación restringida: El Tratamiento se sujeta a los límites que se derivan de la naturaleza de los datos personales, de las disposiciones de la presente ley y la Constitución. Los datos personales, salvo la información pública, y lo dispuesto en la autorización otorgada por el titular del dato, no podrán estar disponibles en Internet u otros medios de divulgación o comunicación masiva, salvo que el acceso sea técnicamente controlable para brindar un conocimiento restringido sólo a los Titulares o terceros autorizados
  6. Principio de seguridad: La información sujeta a Tratamiento por parte de VUELO SECRETO REPRESENTACIONES TURISTICAS se deberá proteger mediante el uso de las medidas técnicas, humanas y administrativas que sean necesarias para otorgar seguridad a los registros evitando su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento;
  7. Principio de confidencialidad: Todas las personas que intervengan en el Tratamiento de datos personales están obligadas a garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada su relación con alguna de las labores que comprende el Tratamiento.
  8. Principio de legalidad en materia de Tratamiento de datos: el tratamiento a que se refiere la presente ley es una actividad reglada, que debe sujetarse a lo establecido en ella y en las demás disposiciones que la desarrollen

PARÁGRAFO PRIMERO: En el evento que se recolecten datos personales sensibles, el Titular podrá negarse a autorizar su Tratamiento.

  1.  FINALIDAD CON LA QUE SE EFECTÚA LA RECOLECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y TRATAMIENTO DE LOS MISMOS: VUELO SECRETO REPRESENTACIONES TURISTICAS podrá hacer uso de los datos personales para:
  1. Ejecutar la relación contractual existente con sus clientes, proveedores, contratistas, empleados, exempleados, entre otros, incluida el pago de obligaciones contractuales.
  2. Proveer los servicios y/o los productos requeridos por los clientes
  3. Informar sobre nuevos productos o servicios y/o sobre cambios en los mismos
  4. Mantener   una   comunicación constante   con   los titulares de los datos personales, relativa al desarrollo de las actividades propias de la empresa de acuerdo a los perfiles de cada tipo de base de datos que posea la empresa
  5. Evaluar la calidad del servicio
  6. Realizar labores y gestiones de mercadeo para efectos de mejorar los servicios prestados por la empresa y mejorar el conocimiento del cliente
  7. Enviar al correo físico, electrónico, celular o dispositivo móvil, vía mensajes de texto (SMS y/o MMS) o a través de cualquier otro medio análogo y/o digital de comunicación creado o por crearse, información comercial, publicitaria o promocional sobre los productos y/o servicios, eventos y/o promociones de tipo comercial o no de estas, con el fin de impulsar, invitar, dirigir, ejecutar, informar y de manera general, llevar a cabo campañas, promociones o concursos de carácter comercial o publicitario, adelantados por VUELO SECRETO REPRESENTACIONES TURISTICAS y/o por terceras personas
  8. Desarrollar el proceso de selección, evaluación, y vinculación laboral
  9. Cumplir lo dispuesto por el ordenamiento jurídico colombiano en materia laboral y de seguridad social, entre otras, aplicables a empleados, ex empleados, empleados en misión, empleados temporales, empleados actuales y candidatos a futuro empleo
  10. Soportar procesos de auditoría interna o externa
  11. Registrar la información de empleados y/o pensionados (activos e inactivos) en las bases de datos de VUELO SECRETO REPRESENTACIONES TURISTICAS
  12. Los indicados en la autorización otorgada por el titular del dato o descritos en el aviso de privacidad respectivo, según sea el caso.
  1. Si un dato personal es proporcionado, dicha información será utilizada sólo para los propósitos aquí señalados, y por tanto, VUELO SECRETO REPRESENTACIONES TURISTICAS no procederá a vender, licenciar, transmitir, o divulgar la misma, salvo que: (i) exista autorización expresa para hacerlo; (ii) sea necesario para permitir a los contratistas o agentes prestar los servicios encomendados; (iii) sea necesario con el fin de proveer nuestros servicios y/o productos; (iv) sea necesario divulgarla a las entidades que prestan servicios de mercadeo en nombre de VUELO SECRETO REPRESENTACIONES TURISTICAS o a otras entidades con las cuales se tengan acuerdos de mercado conjunto; (v) la información tenga relación con una fusión, consolidación, adquisición, desinversión, u otro proceso de restructuración de la sociedad; (vi) que sea requerido o permitido por la ley.
  1. VUELO SECRETO REPRESENTACIONES TURISTICAS podrá subcontratar a terceros para el procesamiento de determinadas funciones o información. Cuando efectivamente se subcontrate con terceros el procesamiento de información personal o se proporcione información personal a terceros prestadores de servicios, VUELO SECRETO REPRESENTACIONES TURISTICAS advierte a dichos terceros sobre la necesidad de proteger dicha información personal con medidas de seguridad apropiadas, se prohíbe el uso de la información para fines propios y se solicita que no se divulgue la información personal a otros.
  1. DERECHOS DE LOS TITULARES DE DATOS PERSONALES OBJETO DE TRATAMIENTO POR PARTE DE VUELO SECRETO REPRESENTACIONES TURISTICAS: Los titulares de datos personales por sí o por intermedio de su representante y/o apoderado o su causahabiente podrán ejercer los siguientes derechos,   respecto de los datos personales que sean objeto de tratamiento por parte de VUELO SECRETO REPRESENTACIONES TURISTICAS:
  1. Derecho de acceso: En virtud del cual podrá acceder a los datos personales que estén bajo el control de VUELO SECRETO REPRESENTACIONES TURISTICAS, para efectos de consultarlos de manera gratuita al menos una vez cada mes calendario, y cada vez que existan modificaciones sustanciales de las Políticas de Tratamiento de la información que motiven nuevas consultas.
  2. Derecho de actualización, rectificación y supresión: En virtud del cual podrá solicitar la actualización, rectificación y/o supresión de los datos personales objeto de tratamiento, de tal manera que se satisfagan los propósitos del tratamiento.
  3. Derecho a solicitar prueba de la autorización: salvo en los eventos en los cuales, según las normas legales vigentes, no se requiera de la autorización para realizar el tratamiento
  4. Derecho a ser informado respecto del uso del dato personal.
  5. Derecho a presentar quejas ante la Superintendencia de Industria y Comercio: por infracciones a lo dispuesto en la normatividad vigente sobre tratamiento de datos personales
  6. Derecho a requerir el cumplimiento de las órdenes emitidas por la Superintendencia de Industria y Comercio.

PARÁGRAFO PRIMERO: Para efectos del ejercicio de los derechos antes descritos tanto el titular como la persona que lo represente deberá demostrar su identidad y, de ser el caso, la calidad en virtud de la cual representa al titular. PARÁGRAFO SEGUNDO: Los derechos de los menores de edad serán ejercidos por medio de las personas que estén facultadas para representarlos.

  1. DEBERES DE VUELO SECRETO REPRESENTACIONES TURISTICAS: Todos los obligados a cumplir esta política deben tener presente que VUELO SECRETO REPRESENTACIONES TURISTICAS. está obligada a cumplir los deberes que al respecto imponga la ley. En consecuencia se deben cumplir las siguientes obligaciones:

 

  1. Deberes cuando actúa como responsable: (i) Solicitar y conservar, en las condiciones previstas en esta política, copia de la respectiva autorización otorgada por el titular. (ii) Informar de manera clara y suficiente al titular sobre la finalidad de la recolección y los derechos que le asisten por virtud de la autorización otorgada. (iii) Informar a solicitud del titular sobre el uso dado a sus datos personales (iv) Tramitar las consultas y reclamos formulados en los términos señalados en la presente política (v) Procurar que los principios de veracidad, calidad, seguridad y confidencialidad en los términos establecidos en la siguiente política (vi) Conservar la información bajo las condiciones de seguridad necesarias para impedir su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento. (vii) Actualizar la información cuando sea necesario. (viii) Rectificar los datos personales cuando ello sea procedente.

 

  1. Deberes cuando obra como Encargado del tratamiento de datos personales. Si realiza el tratamiento de datos en nombre de otra entidad u organización (Responsable del tratamiento) deberá cumplir los siguientes deberes: (i) Establecer que el Responsable del tratamiento esté autorizado para suministrar los datos personales que tratará como Encargado (ii) Garantizar al titular, en todo tiempo, el pleno y efectivo ejercicio del derecho de hábeas data. (iii) Conservar la información bajo las condiciones de seguridad necesarias para impedir su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento. (iv) Realizar oportunamente la actualización, rectificación o supresión de los datos. (v) Actualizar la información reportada por los Responsables del tratamiento dentro de los cinco (5) días hábiles contados a partir de su recibo. (vi) Tramitar las consultas y los reclamos formulados por los titulares en los términos señalados en la presente política. (vii) Registrar en la base de datos la leyenda “reclamo en trámite” en la forma en que se establece en la presente política. (ix) Insertar en la base de datos la leyenda “información en discusión judicial” una vez notificado por parte de la autoridad competente sobre procesos judiciales relacionados con la calidad del dato personal. (x) Abstenerse de circular información que esté siendo controvertida por el titular y cuyo bloqueo haya sido ordenado por la Superintendencia de Industria y Comercio. (xi) Permitir el acceso a la información únicamente a las personas autorizadas por el titular o facultadas por la ley para dicho efecto. (xii) Informar a la Superintendencia de Industria y Comercio cuando se presenten violaciones a los códigos de seguridad y existan riesgos en la administración de la información de los titulares. (xiii) Cumplir las instrucciones y requerimientos que imparta la Superintendencia de Industria y Comercio.

 

  1. Deberes cuando realiza el tratamiento a través de un Encargado (i) Suministrar al Encargado del tratamiento únicamente los datos personales cuyo tratamiento esté previamente autorizado. Para efectos de la transmisión nacional o internacional de los datos se deberá suscribir un contrato de transmisión de datos personales o pactar cláusulas contractuales según lo establecido en el artículo 25 del decreto 1377 de 2013. (ii) Garantizar que la información que se suministre al Encargado del tratamiento sea veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible. (iii) Comunicar de forma oportuna al Encargado del tratamiento todas las novedades respecto de los datos que previamente le haya suministrado y adoptar las demás medidas necesarias para que la información suministrada a este se mantenga actualizada. (iv) Informar de manera oportuna al Encargado del tratamiento las rectificaciones realizadas sobre los datos personales para que éste proceda a realizar los ajustes pertinentes. (v) Exigir al Encargado del tratamiento, en todo momento, el respeto a las condiciones de seguridad y privacidad de la información del titular. (vi) Informar al Encargado del tratamiento cuando determinada información se encuentre en discusión por parte del titular, una vez se haya presentado la reclamación y no haya finalizado el trámite respectivo.

 

  1. Deberes respecto de la Superintendencia de Industria y Comercio   (i) Informarle las eventuales violaciones a los códigos de seguridad y la existencia de riesgos en la administración de la información de los titulares. (ii) Cumplir las instrucciones y requerimientos que imparta la Superintendencia de Industria y Comercio.
  1. SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN AL TITULAR DEL DATO PERSONAL: Con antelación y/o al momento de efectuar la recolección del dato personal, VUELO SECRETO REPRESENTACIONES TURISTICAS solicitará al titular del dato su autorización para efectuar su recolección y tratamiento, indicando la finalidad para la cual se solicita el dato, utilizando para esos efectos medios técnicos automatizados, escritos u orales, que permitan conservar prueba de la autorización y/o de la conducta inequívoca descrita en el artículo 7 del Decreto 1377 de 2013. Dicha autorización se solicitará por el tiempo que sea razonable y necesario para satisfacer las necesidades que dieron origen a la solicitud del dato y, en todo caso, con observancia de las disposiciones legales que rigen sobre la materia.

No será requerida la autorización en los siguientes casos:

  • Cuando sea requerida por una entidad pública o administrativa en cumplimiento de sus funciones legales, o por orden judicial.
  • Cuando se trate de datos de naturaleza pública.
  • En casos de emergencias médicas o sanitarias.
  • Cuando sea tratamiento de información autorizada por la ley para fines históricos, estadísticos y/o científicos.
  • Cuando se trate de datos personales relacionados con el registro civil de las personas.
  1. AVISO DE PRIVACIDAD: En el evento en el que VUELO SECRETO REPRESENTACIONES TURISTICAS no pueda poner a disposición del titular del dato personal la presente política de tratamiento de la información, publicará el aviso de privacidad que se adjunta al presente documento, cuyo texto conservará para consulta posterior por parte del titular del dato y/o de la Superintendencia de Industria y Comercio.
  2.    LIMITACIONES   TEMPORALES   AL   TRATAMIENTO   DE   LOS   DATOS   PERSONALES. VUELO SECRETO REPRESENTACIONES TURISTICAS solo podrá recolectar, almacenar, usar o circular los datos personales durante el tiempo que sea razonable y necesario, de acuerdo con las finalidades que justificaron el tratamiento, atendiendo a las disposiciones aplicables a la materia de que se trate y a los aspectos administrativos, contables, fiscales, jurídicos e históricos de la información. Una vez cumplida la o las finalidades del tratamiento y sin perjuicio de normas legales que dispongan lo contrario, procederá a la supresión de los datos personales en su posesión. No obstante lo anterior, los datos personales deberán ser conservados cuando así se requiera para el cumplimiento de una obligación legal o contractual.
  1.    ÁREA RESPONSABLE Y PROCEDIMIENTO PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS DE LOS TITULARES DEL DATO PERSONAL: El área Administrativa a través de la Directora de Oficina de VUELO SECRETO REPRESENTACIONES TURISTICAS será la responsable de atender las peticiones, quejas y reclamos que formule el titular del dato en ejercicio de los derechos contemplados en el numeral 7 de la presente política, a excepción del descrito en su literal e). Para tales efectos, el titular del dato personal o quien ejerza su representación podrá enviar su petición, queja o reclamo de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 6:00 p.m. al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., llamar a la líneas telefónicas en (57+4) 511-07-7755 o radicarla en las siguiente dirección que correspondientes a nuestra oficina principal Carrera 49 No. 55 73                              

La petición, queja o reclamo deberá contener la identificación del Titular, la descripción de los hechos que dan lugar al reclamo, la dirección, y acompañando los documentos que se quiera hacer valer. Si el reclamo resulta incompleto, se requerirá al interesado dentro de los cinco (5) días siguientes a la recepción del reclamo para que subsane las fallas. Transcurridos dos (2) meses desde la fecha del requerimiento, sin que el solicitante presente la información requerida, se entenderá que ha desistido del reclamo. En caso de que quien reciba el reclamo no sea competente para resolverlo, dará traslado a quien corresponda en un término máximo de dos (2) días hábiles e informará de la situación al interesado. Una vez recibido el reclamo completo, se incluirá en la base de datos una leyenda que diga “reclamo en trámite” y el motivo del mismo, en un término no mayor a dos (2) días hábiles. Dicha leyenda deberá mantenerse hasta que el reclamo sea decidido. El término máximo para atender el reclamo será de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de su recibo. Cuando no fuere posible atender el reclamo dentro de dicho término, se informará al interesado los motivos de la demora y la fecha en que se atenderá su reclamo, la cual en ningún caso podrá superar los ocho (8) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término.

  1.    DATOS RECOLECTADOS ANTES DE LA EXPEDICIÓN DEL DECRETO 1377 DE 2013: De conformidad con lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 10 del Decreto Reglamentario 1377 de 2013 VUELO SECRETO REPRESENTACIONES TURISTICAS procederá a publicar un aviso por correo electrónico dirigido a los titulares de datos personales para efectos de dar a conocer la presente política de tratamiento de información y el modo de ejercer sus derechos como titulares de datos personales alojados en las bases de datos de VUELO SECRETO REPRESENTACIONES TURISTICAS.
  1.    MEDIDAS DE SEGURIDAD: En desarrollo del principio de seguridad establecido en la Ley 1581 de 2012, VUELO SECRETO REPRESENTACIONES TURISTICAS adoptará las medidas técnicas, humanas y administrativas   que   sean   necesarias   para   otorgar   seguridad   a   los   registros   evitando   su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento. El personal que realice el tratamiento de los datos personales ejecutará los protocolos establecidos con el fin de garantizar la seguridad de la información.
  1.      VIGENCIA DE LAS   BASES   DE   DATOS.   Las   bases de datos tendrán una vigencia de   veinte  (20)  

años, contados a partir de la  obtención    del    respetivo    dato.

 

  1. FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA: La presente Política de Datos Personales fue creada el día 02 de Noviembre de 2016 y entra en vigencia a partir del día 03 de Noviembre de 2016. Cualquier cambio que se presente respecto de la presente política, se informará a través del correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y pagina Web http://www.vuelo-secreto.com/

Atentamente,

OMAR DE JESUS SOTO RAMIREZ 

Representante Legal

AVISO DE PRIVACIDAD

 

Razón social:                                                           OMAR DE JESUS SOTO RAMIREZ

Establecimiento Comercial:                         VUELO SECRETO REPRESENTACIONES TURISTICAS        

Nit:                                                                 71627445 - 4    

Responsable del Tratamiento de Datos:      OMAR DE JESUS SOTO RAMIREZ                                                   

Dirección Comercial:                                    Carrera 49 No. 55 73

Teléfono:                                                       5110777

Correo electrónico:                                       Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Página web:                                                             http://www.vuelo-secreto.com/                          

 

                        

Con el propósito de dar un adecuado tratamiento a sus datos personales de acuerdo al Régimen General de Protección de Datos Personales reglamentado por la Constitución Política Nacional en sus artículos 15 y 20, la Ley 1581 de 2012, el Decreto 1377 de 2013 y demás preceptos normativos, y siendo primordial para nuestra organización contar con su consentimiento para mantener una comunicación constante con usted, le compartimos que VUELO SECRETO REPRESENTACIONES TURISTICAS ha creado una Política de Tratamiento de Información, por medio de la cual se establecen los parámetros para manejar la información contenida en los Bancos y Bases de Datos de dicha entidad, que usted podrá encontrar en el inicio de la página web: http://www.vuelo-secreto.com/  

De esta manera, es nuestra responsabilidad informarle que en de dicha política se establece las finalidades con las cuales son tratados sus datos personales por nuestra organización;   entre   las   cuales   se   encuentran   las siguientes:

 

FINALIDAD CON LA QUE SE EFECTÚA LA RECOLECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y TRATAMIENTO DE LOS MISMOS: VUELO SECRETO REPRESENTACIONES TURISTICAS podrá hacer uso de los datos personales para: a) Ejecutar la relación contractual existente con sus clientes, proveedores, contratistas, empleados, exempleados, entre otros, incluida el pago de obligaciones contractuales; b) Proveer los servicios y/o los productos requeridos por los clientes; c) Informar sobre nuevos productos o servicios y/o sobre cambios en los mismos; d) Mantener   una   comunicación constante   con   los titulares de los datos personales, relativa al desarrollo de las actividades propias de la empresa de acuerdo a los perfiles de cada tipo de base de datos que posea la empresa e) Evaluar la calidad del servicio;   f) Realizar labores y gestiones de mercadeo para efectos de mejorar los servicios prestados por la empresa y mejorar el conocimiento del cliente g) Enviar al correo físico, electrónico, celular o dispositivo móvil, vía mensajes de texto (SMS y/o MMS) o a través de cualquier otro medio análogo y/o digital de comunicación creado o por crearse, información comercial, publicitaria o promocional sobre los productos y/o servicios, eventos y/o promociones de tipo comercial o no de estas, con el fin de impulsar, invitar, dirigir, ejecutar, informar y de manera general, llevar a cabo campañas, promociones o concursos de carácter comercial o publicitario, adelantados por VUELO SECRETO REPRESENTACIONES TURISTICAS y/o por terceras personas; h) Desarrollar el proceso de selección, evaluación, y vinculación laboral; i) Cumplir lo dispuesto por el ordenamiento jurídico colombiano en materia laboral y de seguridad social, entre otras, aplicables a empleados, ex empleados, empleados en misión, empleados temporales, empleados actuales y candidatos a futuro empleo j) Soportar procesos de auditoría interna o externa; k) Registrar la información de empleados y/o pensionados (activos e inactivos) en las bases de datos de VUELO SECRETO REPRESENTACIONES TURISTICAS: l) Los indicados en la autorización otorgada por el titular del dato o descritos en el aviso de privacidad respectivo, según sea el caso.

Si un dato personal es proporcionado, dicha información será utilizada sólo para los propósitos aquí señalados, y por tanto, VUELO SECRETO REPRESENTACIONES TURISTICAS no procederá a vender, licenciar, transmitir, o divulgar la misma, salvo que: (i) exista autorización expresa para hacerlo; (ii) sea necesario para permitir a los contratistas o agentes prestar los servicios encomendados; (iii) sea necesario con el fin de proveer nuestros servicios y/o productos; (iv) sea necesario divulgarla a las entidades que prestan servicios de mercadeo en nombre de VUELO SECRETO REPRESENTACIONES TURISTICAS o a otras entidades con las cuales se tengan acuerdos de mercado conjunto; (v) la información tenga relación con una fusión, consolidación, adquisición, desinversión, u otro proceso de restructuración de la sociedad; (vi) que sea requerido o permitido por la ley.

VUELO SECRETO REPRESENTACIONES TURISTICAS podrá subcontratar a terceros para el procesamiento de determinadas funciones o información. Cuando efectivamente se subcontrate con terceros el procesamiento de información personal o se proporcione información personal a terceros prestadores de servicios, VUELO SECRETO REPRESENTACIONES TURISTICAS advierte a dichos terceros sobre la necesidad de proteger dicha información personal con medidas de seguridad apropiadas, se prohíbe el uso de la información para fines propios y se solicita que no se divulgue la información personal a otros.

DERECHOS DE LOS TITULARES DE DATOS PERSONALES OBJETO DE TRATAMIENTO POR PARTE DE VUELO SECRETO REPRESENTACIONES TURISTICAS: Los titulares de datos personales por sí o por intermedio de su representante y/o apoderado o su causahabiente podrán ejercer los siguientes derechos,   respecto de los datos personales que sean objeto de tratamiento por parte de VUELO SECRETO REPRESENTACIONES TURISTICAS: a) Derecho de acceso: En virtud del cual podrá acceder a los datos personales que estén bajo el control de VUELO SECRETO REPRESENTACIONES TURISTICAS, para efectos de consultarlos de manera gratuita al menos una vez cada mes calendario, y cada vez que existan modificaciones sustanciales de las Políticas de Tratamiento de la información que motiven nuevas consultas; b) Derecho de actualización, rectificación y supresión: En virtud del cual podrá solicitar la actualización, rectificación y/o supresión de los datos personales objeto de tratamiento, de tal manera que se satisfagan los propósitos del tratamiento; c) Derecho a solicitar prueba de la autorización: salvo en los eventos en los cuales, según las normas legales vigentes, no se requiera de la autorización para realizar el tratamiento; d) Derecho a ser informado respecto del uso del dato personal; e) Derecho a presentar quejas ante la Superintendencia de Industria y Comercio: por infracciones a lo dispuesto en la normatividad vigente sobre tratamiento de datos personales; f) Derecho a requerir el cumplimiento de las órdenes emitidas por la Superintendencia de Industria y Comercio.

POLÍTICA DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES: Con el propósito de dar un adecuado tratamiento a sus datos personales de acuerdo al Régimen General de Protección de Datos Personales reglamentado por la Constitución Política Nacional en sus artículos 15 y 20, la Ley 1581 de 2012, el Decreto 1377 de 2013 y demás preceptos normativos, y siendo primordial para nuestra organización contar con su consentimiento para mantener una comunicación constante con usted, le compartimos VUELO SECRETO REPRESENTACIONES TURISTICAS S ha creado una Política de Tratamiento de Datos Personales, por medio de la cual se establecen los parámetros para manejar la información contenida en los Bancos y Bases de Datos de dicha entidad. Podrá ser consultada a través de la página Web http://www.vuelo-secreto.com/,     cualquier cambio que se presente respecto de la presente política, se informará a través de la dirección electrónica: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y pagina Web. En el evento que se recolecten datos personales sensibles, el Titular podrá negarse a autorizar su Tratamiento.

El ÁREA ADMINISTRATIVA DE VUELO SECRETO REPRESENTACIONES TURISTICAS a través de la Directora de Oficina será la responsable de atender las peticiones, quejas y reclamos que formule el titular del dato en ejercicio de los derechos contemplados en el numeral 7 de la política de tratamiento de datos personales, a excepción del descrito en su literal e). Para tales efectos, el titular del dato personal o quien ejerza su representación podrá enviar su petición, queja o reclamo de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 6:00 p.m. al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., llamar a la líneas telefónicas en (57+4) 511-07-7755 o radicarla en las siguiente dirección que correspondientes a nuestra oficina principal Carrera 49 No. 55 73                                

Atentamente,

OMAR DE JESUS SOTO RAMIREZ 

Representante Legal

 

IMPORTANTE

Se le informa al titular de los datos personales que, si después de treinta (30) días hábiles contados a partir del recibo del presente aviso, no manifiesta a VUELO SECRETO REPRESENTACIONES TURISTICAS su deseo de no otorgar la autorización para que se efectúe el tratamiento de sus datos personales, en virtud de la regulación expresamente consagrada en el artículo 10 del Decreto 1377 de 2013, VUELO SECRETO REPRESENTACIONES TURISTICAS como responsable del tratamiento, y/o cualquiera de los encargados del mismo, quedan autorizados para tratar los datos personales del titular, de acuerdo a las finalidades expresadas en la política.

Con mi firma autorizo a VUELO SECRETO REPRESENTACIONES TURISTICAS para que trate mis datos de conformidad con su Política de Tratamiento de Datos Personales

NOMBRE COMPLETO:

DOCUMENTO DE IDENTIDAD:

FIRMA:

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Reclamos

Escrito por
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Restricción de Operaciones Aereos y Aerolíneas

Escrito por
Después de emitir el tiquete el pasajero podrá hacer cambios de nombre, ruta o fecha de vuelos reservados de acuerdo a las condiciones y disponibilidad de la aerolínea y pagando la penalidad por dichos cambio según las tarifas establecidas por esta.

Los tiquetes no son reembolsables. En caso fortuito o por incapacidad se deben presentar los documentos originales de la EPS o medico, de no encontrarse la misma clase deberá pagar la penalidad.

La agencia de viajes Vuelo Secreto que en adelante se denominará Agente Operador, declara que actúa como intermediario entre los usuarios y las entidades o personas encargadas de proporcionar los servicios de transporte aéreo. En este sentido Vuelo Secreto se compromete a cumplir con los servicios de intermediación, con las salvedades especificas en estas condiciones generales y no se responsabiliza por el incumplimiento de dichas entidades en la ejecución de sus obligaciones, ni por imprevistos ocasionados por huelgas, condiciones climáticas, atrasos, terremotos, cuarentenas, así como por los perjuicios materiales, personales o morales que pueda sufrir el pasajero por pérdida, daño o hurto de equipaje, ni por accidentes, enfermedades o fallecimientos. De todo ello el usurario deberá reclamar directamente ante las empresas prestadoras del servicio no prestado, en lo cual Vuelo Secreto colaborará al usuario en todo lo posible.

Las presentes "Condiciones Generales" son regidas por las normas del ordenamiento civil mercantil y demás leyes aplicables.
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Cláusula de Responsabilidad

Escrito por
Cláusulas de responsabilidad-Decreto 2438 de 2010

Vuelo Secreto Representaciones Turísticas en una Agencia de viajes y operador de Planes terrestres está inscrito al registro nacional de turismo con el código RNT. 8758, asume la responsabilidad a través de los proveedores seleccionados por la total prestación y calidad de los servicios descritos en los programas. Sin embargo Vuelo Secreto Representaciones Turísticas quedará eximida de las obligaciones contratadas en casos de fuerza mayor o caso fortuito, o por causas que no sean imputables directamente a Vuelo Secreto Representaciones Turísticas, Por consiguiente no se hace responsable, entre otras, por accidentes, huelgas, asonadas, terremotos, decisión de la administración del lugar y cualquier otro caso de fuerza mayor que pudiera ocurrir antes y durante el viaje, los riesgos y peligro de viaje pertenecen exclusivamente al viajero.

Artículo 4°. Los servicios, planes o paquetes turísticos deberán consignar una cláusula de responsabilidad que contemple como mínimo, los siguientes aspectos:

1. Responsabilidad del organizador del plan o paquete turístico ante los usuarios por la prestación y calidad de los servicios descritos de conformidad con los términos y condiciones establecidos en el programa, indicando claramente la responsabilidad en el caso del transporte, de acuerdo con lo previsto en el artículo 3° del presente decreto.

2. Los términos y las condiciones en que se efectuará el reintegro de los servicios turísticos no utilizados y que puedan ser objeto de devolución, cuando el viaje o la participación del usuario en el mismo se cancele con anterioridad a su inicio o cuando una vez iniciado el viaje deba interrumpirse, por razones tales como, caso fortuito o fuerza mayor, enfermedad del viajero, negación de visados o permisos de ingreso, decisión del país de destino de impedir el ingreso del viajero, retiro del viajero por conductas que atenten contra la realización del viaje, problemas legales y otras causas no atribuibles a las agencias de viajes. Para este efecto, se tendrán en cuenta las deducciones o penalidades previamente establecidas que los proveedores efectúen, cuando los servicios no son utilizados. El derecho al pasaje aéreo de regreso estará sujeto a las regulaciones de la tarifa aérea adquirida.

3. Salvo manifestación expresa en contrario en las condiciones del plan turístico, el organizador, sus operadores y agentes no asumen responsabilidad por eventos tales como accidentes, huelgas, asonadas, terremotos, fenómenos climáticos o naturales, condiciones de seguridad, factores políticos, negación de permisos de ingreso, asuntos de salubridad y cualquier otro caso de fuerza mayor que pudiere ocurrir durante el viaje y solo se comprometerán prestar los servicios y a hacer las devoluciones de que trata este decreto, según el caso.

4. Circunstancias en las cuales la agencia de viajes se reserva el derecho de hacer cambios en el itinerario, fechas de viaje, hoteles de similar o superior categoría, transporte y los demás que sean necesarios para garantizar el éxito del viaje.

5. La obligación a cargo de la agencia de viajes de informar al viajero sobre la documentación requerida para facilitar su desplazamiento en los destinos nacionales e internacionales, siendo obligación del usuario el cumplimiento de los requisitos informados.

6. Cuantía del anticipo y plazo para el pago de esta suma por parte del usuario, con el objeto de asegurar su participación en el viaje. Este valor será abonado al costo total del plan turístico. Las reservaciones y boletas para la participación en cruceros, eventos deportivos y culturales, congresos, ferias, exposiciones y similares se sujetarán a las condiciones que señalen las empresas organizadoras de tales eventos, las cuales deben ser claramente informadas al usuario.

Parágrafo. La devoluciones del dinero a los usuarios en los casos previstos en los artículos 63, 64 y 65 de la Ley 300 de 1996 y en el artículo 4° de este decreto, deberán efectuarse a más tardar en los treinta (30) días calendario siguientes a la fecha en que se efectuó la reclamación ante la agencia o a la fecha la ejecutoria de la decisión proferida por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo en la que imponga dicha obligación al prestador.

En el evento previsto en el artículo 65 de la Ley 300 de 1996, la devolución establecida en este parágrafo, procederá cuando el usuario haya pagado total o parcialmente al prestador de servicios turísticos los servicios contratados.

LA EXPLOTACION, LA PORNOGRAFIA, Y EL TURISMO SEXUAL A MENORES DE EDAD SE ENCUENTRAN PROHIBIDOS Y PENALIZADOS POR LA LEY 679 DE 2001”
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Quiénes Somos

Escrito por
Misión:
Ofrecemos servicios de excursiones, tiquetería, planes individuales nacionales e internacionales, satisfaciendo las necesidades de nuestros clientes de forma proactiva e integral, con efectividad y calidad.

Visión:
Ser líderes en Colombia en el desarrollo de planes turísticos a nivel nacional e internacional, comprometidos con la satisfacción y necesidades de nuestros clientes, mejorando continuamente en busca de la excelencia en el servicio.

Politica de atención al cliente

Vuelo Secreto Representaciones Turísticas tiene como compromiso suministrar al cliente una asesoría confiable y productos y/o servicios turísticos de buena calidad, a través de la selección de proveedores reconocidos, tecnología adecuada y personal competente que le permita a la empresa mejorar continuamente y satisfacer las necesidades de los clientes.

Objetivos de atención al cliente
  • Garantizar el suministro de una asesoría confiable.
  • Garantizar la calidad de los productos y servicios ofrecidos.
  • Seleccionar y mantener relación comercial con proveedores reconocidos.
  • Disponer de tecnología adecuada para la prestación del servicio.
  • Desarrollar las competencias del personal para la prestación del servicio y el mejoramiento continuo.
  • Aumentar el indicie de satisfacción de los clientes.
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Terminos y Condiciones

Escrito por
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Contra la pornografia infantil
De acuerdo con la Ley 679 del 3 de Agosto de 2001 expedida por El Congreso de la República, con la cual se dictan disposiciones para prevenir y contrarrestar la explotación, la pornografía y el turismo sexual con menores de edad.

De acuerdo con lo establecido en dicha Ley, todas las personas deben prevenir, bloquear, combatir y denunciar la explotación, alojamiento, uso, publicación, difusión de imágenes, textos, documentos, archivos audiovisuales, uso indebido de redes globales de información, o el establecimiento de vínculos telemáticos de cualquier clase relacionados con material pornográfico o alusivo a actividades sexuales de menores de edad.

El incumplimiento de lo anterior, podría generar responsabilidad de tipo penal y/o administrativo.

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Servicios
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Condiciones generales

Organización y responsabilidades:
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Vuelo Secreto Representaciones Turisticas EN SU CALIDAD DE AGENCIA DE VIAJES ESTÁ SUJETA AL RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD QUE ESTABLECE LA LEY 300-1996 Y EL D.R. 1075-1997.

Observaciones:
Los precios indicados pueden ser modificados sin previo aviso, sea debido al cambio en el costo de cualquier ítem, o por variaciones de cambio monetario.

Inscripciones:
El simple hecho de inscribirse para participar de cualquier viaje de estas condiciones generales, implica que nada deberá ser entendido o imaginado como incluido si no está descrito en los programas.

Documentación:
Todos los pasajeros deberán llevar consigo la documentación personal necesaria. El Operador declina toda responsabilidad por la información, retiro y por rechazo de las visas. Son responsabilidad del usuario los documentos que le fueron entregados por el Operador.

Equipaje:
En el transporte terrestre, el Operador niega expresamente toda responsabilidad en caso de extravío, daños o hurtos por cualquier circunstancia. Recomendamos a los pasajeros que presencien el manejo, carga y descarga del equipaje. En el transporte aéreo será aplicado el reglamento IATA (International Air Transport Association).

Aclaraciones:
1. El servicio de maletero, cuando es incluido en el programa, es prestado en los aeropuertos y en otros lugares de embarque. Los hoteles disponen de personal propio para este fin.

2. Las propinas representan el agradecimiento por la eficiencia de un servicio recibido, y como tal, siempre son voluntarias. Presentación en los aeropuertos La presentación para embarque en los Aeropuertos debe obedecer al margen establecido por las Compañías Aéreas.

Cancelaciones:
En cualquier momento el usuario podrá cancelar los servicios solicitados y contratados, y tendrá derecho a la devolución del depósito siempre y cuando el programa contratado no tenga condiciones que indiquen lo contrario. En caso de cancelación de boletos aéreos, se observarán las normas de las compañías aéreas y los organismos competentes (IATA). En el caso de operaciones charter las cláusulas de cancelación son las que aplica el operador interviniente.

Reclamaciones: Deberán ser hechas por escrito, vía e-mail Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. ó a través de nuestro PBX 511 07 77.

Concordancia:
Al solicitar la inscripción en cualquier programa de viaje comercializado por Vuelo Secreto Representaciones Turisticas el cliente y/o pasajero declara que conoce y aprueba todos los términos de estas "Condiciones Generales", las cuales se encuentran disponibles para ser impresas, bien como las condiciones especiales descritas en el folleto de programación de viaje o en el proyecto de viaje específico. Limitaciones de uso personal y comercial Este sitio solamente puede ser utilizado para hacer reservaciones auténticas o compras y no puede ser utilizado con otros propósitos que los aquí descritos. No se realizará ningún tipo de reservas especulativas, falsas o fraudulentas. Usted como usuario asume que tiene la edad legal suficiente para hacer uso del sitio y para aceptar las obligaciones legales y económicas que ello conlleva. Usted acepta que es consecuente de todas las responsabilidades que deriven del uso del sitio de Vuelo Secreto Representaciones Turisticas.com ya sean estas provocadas por usted o por terceros operando bajo su contraseña. La información, códigos de programación, productos y demás servicios publicados en este portal pueden contener errores tipográficos e inexactitudes. Vuelo Secreto Representaciones Turisticas, sus empresas afiliadas, proveedores y colaboradores realizarán periódicamente cambios para actualizar la información. Como condición para el uso de este sitio, usted garantiza que no realizará en el mismo ninguna actividad ilegal o prohibida en los términos, condiciones y requerimientos arriba mencionados.

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• Cargar archivos que contengan virus, estén corruptos o contengan cualquier tipo de programas o código que puedan dañar las operaciones de las computadoras de terceros.
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• Se puede presentar que el computador donde el usuario este realizando la transacción, tenga instalado sin conocimiento previo del usuario algún software espía o mal intencionado que capture todo lo digitado por el teclado o capture información de dispositivos de entrada y sean enviados a alguna red o host en internet. Por lo anterior se recomienda en lo posible que la transacción sea realiza en el computador de la casa o la oficina.
• Se podría presentar suplantación del usuario o que el usuario se niegue haberlo enviado y/o recibido la transacción y sea utilizada por un tercero.

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